SVA: Requisitos de aplicación

19/06/2024

Proteger el testimonio de los menores es fundamental por dos cuestiones. Primero, por la propia protección del menor de forma que se evite su re-victimización. Segundo, para permitir una correcta valoración pericial. A fin de cuentas, no es extraño que el testimonio del menor sea la única prueba disponible en supuestos de Abuso Sexual Infantil (ASI; Muñoz et al., 2016). 

Ahora bien, ¿qué significa "proteger el testimonio"? Por un lado, supone realizar una correcta toma de declaración. Por supuesto, la revelación del ASI no se suele producir en situaciones controladas delante de un psicólogo forense. Por eso, es ideal grabar esa primera declaración ante el perito para realizar la entrevista de exploración con la mayor antelación posible. Lo idóneo es que esta entrevista la realice un psicólogo forense especializado en Psicología del Testimonio y toma de declaración a los menores. ¿Por qué? Porque las entrevistas o cualquier momento en que se pregunte al menor son clave y, por falta de conocimientos y experiencia, se puede distorsionar tanto la declaración como el recuerdo. Debido al funcionamiento normal de la memoria, a medida que recordamos existe riesgo de que se distorsione el recuerdo. Posteriormente, estos recuerdos serán incluso más accesibles que el hecho experimentado, y se vivirán como si fuese el recuerdo genuino. 

En aquellos casos en que el testimonio del menor es la única herramienta para valorar la ocurrencia de los hechos denunciados, cuanto más exacto sea el recuerdo, más válido será el testimonio como prueba. Como consecuencia, proteger el testimonio supone tratar de contaminarlo lo menos posible, es decir, intentar que se corresponda con la realidad.

Con el paso de los años y el creciente interés por la Psicología del Testimonio se han desarrollado diferentes metodologías para valorar el testimonio. La más popularmente empleada es el SVA (Statement Validity Assessment; Köhnken, 2004). Ahora bien, ¿se emplea correctamente? ¿La falta de otras herramientas puede llevar a que se sobre-utilice? En este post exponemos las condiciones necesarias para que el SVA se pueda aplicar. Adelantamos que, en realidad, son muy poquitos casos en los que es aplicable y, a medida que avanza la sociedad, se complica más. Los requisitos de aplicación son los siguientes (Köhnken, 2004; Köhnken et al., 2015): 

  • En primer lugar, antes si quiera de plantearse que el SVA se pueda aplicar, hay que descartar que el relato del menor pueda corresponder con una falsa memoria. Ya en el 2000, Heinz Offe explica que el SVA es una herramienta útil para valorar la hipótesis de la mentira. Dado que el CBCA (elemento fundamental del SVA) no discrimina entre un relato procedente de un recuerdo genuino y una falsa memoria (Volbert y Steller, 2014), no descartarla previamente puede llevar a conclusiones erróneas, dotando de "credibilidad" a un recuerdo falso.
  • Habrá que ser extremadamente cauteloso al aplicarlo a menores de 6 años, pues no es hasta esta edad que la memoria episódica se ha desarrollado plenamente. En caso de que el menor tenga entre 3 y 6 años es especialmente interesante valorar sus capacidades testificales para ajustar el procedimiento. Para ello existen herramientas específicas como, por ejemplo, el CAPALIST (Silva et al., 2018).
  • En ese sentido, el conocimiento sexual y las experiencias sexuales previas también limitan la aplicación del SVA. 
  • Para poder aplicar el SVA los hechos han de ser de carácter sexual y suficientemente complejos. Asimismo, en caso de haber transcurrido demasiado tiempo entre el suceso y la toma de declaración, el SVA no sería aplicable. Por tanto, es fundamental que se tome declaración con la mayor celeridad. 
  • Tampoco cabría ser aplicado en caso de que se haya entrevistado al menor en múltiples ocasiones, previo a la toma de declaración en prueba preconstituida. 

Nótese que habrá que valorar cada caso específico y que actualmente existen protocolos más amplios que permiten acercarnos a una valoración pericial más eficaz, como el HELPT (González y Manzanero, 2018). Aplicar el SVA de manera indiscriminada puede evitar falsos negativos (liberación errónea), y potenciar falsos positivos (condena errónea). 

Ceñirnos a la correcta aplicación del SVA protegerá a todos los menores, pues de usarse incorrectamente, si el menor fue víctima de ASI, existe la posibilidad de contrainforme y de invalidar la prueba. Usando correctamente las herramientas disponibles podremos acercarnos a la valoración del testimonio de forma quizá más cautelosa, pero al mismo tiempo, más segura. 

Recordemos que no es labor del perito tomar decisiones acerca de la credibilidad o de la sentencia, eso es una función del Juzgador. Nuestra labor es, en todo caso, informar desde los conocimientos científicos. 

Luis y Nuria. 

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